DHS Anuncia Permiso para Reunificación Familiar de Ecuatorianos
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos ha dado a conocer un nuevo capítulo en la estrategia migratoria de la Administración Biden, con el establecimiento de un Permiso Humanitario de Reunificación Familiar, FRP, por sus siglas en inglés, exclusivo para ciudadanos ecuatorianos. Esta medida, revelada a través de una notificación en el Registro Federal, representa un esfuerzo clave para ampliar vías legales y fortalecer el control de ley con el objetivo de reducir la inmigración irregular.
El proceso FRP tiene como objetivo principal promover la unidad familiar y forma parte de las iniciativas globales anunciadas en abril para fomentar vías migratorias seguras y ordenadas, esta nueva vía, disponible solo por invitación, permitirá a ciertos nacionales ecuatorianos considerar la obtención de un permiso de permanencia temporal en Estados Unidos de manera individualizada. Mientras; el proceso aspira a acelerar la reunificación de familias y ofrecer una alternativa segura a la inmigración irregular.
Los ciudadanos ecuatorianos beneficiarios de la Petición para Familiar Extranjero, pueden ser considerados elegibles para este permiso de permanencia temporal bajo los nuevos procesos FRP. Para calificar, deben cumplir con requisitos específicos, incluyendo investigaciones y antecedentes, requerimientos médicos, y no haber recibido previamente una visa de inmigrante.
El proceso lo inicia el Departamento de Estado a ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales que hayan presentado el Formulario I-130 en nombre de un beneficiario ecuatoriano. Estos beneficiarios podrían incluir hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses, así como cónyuges e hijos de residentes permanentes
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¿Desde cuándo funciona?
Desde el pasado 17 de noviembre, el DHS utiliza el Formulario I-134A, Petición en Línea para Convertirse en Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero, para gestionar y acelerar este proceso.
Es fundamental destacar que la concesión de este permiso de permanencia temporal se autorizará de manera bajo el criterio de la autoridad que lo regula, caso por caso, y temporalmente, basándose en la evaluación de razones humanitarias urgentes, o beneficios públicos significativos.
Aquellos no ciudadanos que reciban este permiso, serán elegibles para solicitar autorización de empleo mientras esperan la disponibilidad de sus visas de inmigrante. Una vez que sus visas estén disponibles, podrán solicitar la residencia permanente legal.
Esta medida se suma a los nuevos procesos FRP anunciados anteriormente para otros países y refuerza el compromiso de Estados Unidos con una migración segura y ordenada. Para obtener detalles completos sobre el proceso de solicitud y los criterios de elegibilidad, se puede consultar la notificación completa te recomendamos visitar la página oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos.
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